1.- DECLARACION DE PRINCIPIOS ÉTICOS
El Código de Conducta Ética (en adelante, el “Código Ético”) recoge el catálogo de Principios Éticos y Normas de Conducta que ha de regir la actuación de la empresa y de todas las personas trabajadoras.
COLECTIVIDADES CHABE S.L. declara como Principio Ético Fundamental que rechaza cualquier forma de corrupción y que velará de forma inequívoca, para que en el seno de la empresa y en sus relaciones con terceros, se observe un comportamiento honesto e integro, sin disciminación alguna y cumpliendo en todo momento con los preceptos legales establecidos de forma tal que no quepa lugar a duda de su compromiso, prestando además especial interés a aquellas normas y recomendaciones que sean especificas de su actividad, comprometiendose a actualizar y revisar todos sus procesos internos de forma permanente a fin de adecuarlos a las circunstancias de cada momento. El buen gobierno corporativo y la ética profesional son los principios éticos básicos de COLECTIVIDADES CHABE S.L.
Todas las personas trabajadoras de COLECTIVIDADES CHABE S.L. deben evitar siempre cualquier conducta que pueda dañar o poner en peligro a la empresa o su reputación, actuando de forma legal y honesta.
Nuestros clientes constituyen nuestro principal activo y es nuestra meta ofrecerles unos productos y servicios que estén siempre por encima de sus propias expectativas.
Nuestra política empresarial está basada en las relaciones a largo plazo con nuestros cientes, innovación permanente en nuestros productos e instalaciones, así como generar siempre valor añadido y contribuir a la mejor gestión de los recursos, promoviendo la eficiencia energética de nuestras instalaciones, sensibilizando a nuestro personal en esta materia.
2.- PERSONAS SUJETAS
El presente Código Ético se aplica en su totalidad a los miembros de los órganos de administración y a todas las personas trabajadoras, extendiendose además en aquellas materias que les fueran aplicables, a todas aquellas personas físicas y/o jurídicas vinculadas empresarial o profesionalmente con COLECTIVIDADES CHABE S.L. (proveedores, clientes, asesores o profesionales externos, etc.)
A todos estos se les denomina “sujetos al código”.
3.- OBLIGACIÓN DE CONOCER Y CUMPLIR EL CÓDIGO ÉTICO
Todos los sujetos al código tienen la obligación de conocer y cumplir el mismo, así como colaborar para facilitar su implantación en la empresa, debiendo poner en conocimiento de esta, a través del Canal Ético, cualquier incumplimiento de estas normas que conozcan.
4.- CONTROL DE LA APLICACIÓN DEL CÓDIGO ÉTICO
La aplicación de este Código Ético corresponderá al Órgano de Compliance nombrado por COLECTIVIDADES CHABE S.L. en colaboración con el departamento de RRHH, quienes velarán por la correcta comunicación del Código Ético a todos los sujetos al mismo y a las personas que, por cualquier circunstancia, deban estar sujetas a sus normas.
5.- PRINCIPIOS ÉTICOS GENERALES DE COLECTIVIDADES CHABE S.L.
a) Igualdad de oportunidades y no discriminación
COLECTIVIDADES CHABE S.L. proporcionará las mismas oportunidades en el acceso al trabajo y en la promoción profesional, asegurando en todo momento la ausencia de situaciones de discriminación por razón de sexo u orientación sexual, discapacidad, raza, religión, origen, estado civil o condición social.
Las conductas de acoso, abuso, intimidación, discriminación o cualquier otro tipo de agresión física o verbal, no se permitirán ni tolerarán en el trabajo.
Nuestra empresa respetará escrupulosamente los Derechos Humanos y Libertades Públicas incluidas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
b) Medidas de corresponsabilidad
Los Directivos/as de COLECTIVIDADES CHABE S.L. promoverán un ambiente de trabajo compatible con el desarrollo personal, procurando que sea posible el ejercicio de las medidas de corresponsabilidad establecidas en la legislación vigente en cada momento asi como en su Plan de Igualdad.
c) Protección del medio ambiente y políticas de responsabilidad social
Ls personas trabajadoras han de comprometerse activa y responsablemente con la conservación del medio ambiente, poniendo los medios que sean recomendados por COLECTIVIDADES CHABE S.L. y siguiendo aquellos que sean práctica habitual en las políticas laborales y profesionales a este respecto, así como las medidas reseñadas en las políticas de calidad de la entidad.
6.- NORMAS Y PAUTAS GENERALES DE CONDUCTA
a) Cumplimiento de la normativa y comportamiento ético
Los Sujetos al código cumplirán tanto las disposiciones generales (leyes, reglamentos, etc.) como la normativa interna de COLECTIVIDADES CHABE S.L. que sea aplicable a su actividad.
Todas las personas trabajadoras de COLECTIVIDADES CHABE S.L. deberán velar por la integridad de las relaciones con clientes y proveedores garantizando que, durante la vigencia de las relaciones contractuales, se cumplen los compromisos establecidos de forma inequivoca y transparente. La información publicada o difundida para con los clientes y proveedores, será veraz e inequivoca.
b) Conflictos de interés
Un conflicto de interés se produce cuando los intereses personales de una persona trabajadora o los de un tercero compiten con los intereses de COLECTIVIDADES CHABE S.L.
Todas las personas trabajadoras actuarán siempre buscando el interés de COLECTIVIDADES CHABE S.L., haciendo una utilización adecuada de los medios puestos a su disposición y evitando actuaciones que puedan reportar perjuicios para la empresa. Se abstendrán de utilizar en beneficio propio oportunidades de negocio que sean de interés de COLECTIVIDADES CHABE S.L.
Esta pauta de conducta se aplicará tanto en las relaciones con la empresa, como en las que mantengan con clientes, proveedores o cualquier otro tercero.
Se abstendrán de participar en cualquier forma en actividades comerciales realizadas por COLECTIVIDADES CHABE S.L. en las que concurra algún interés propio o de alguna persona vinculada. Asimismo, evitarán cualquier clase de interferencia que pueda afectar a su imparcialidad u objetividad en cualquier proceso de COLECTIVIDADES CHABE S.L.
La selección de proveedores, contratación de suministros y servicios externos, se efectuará conforme a los procedimientos internos establecidos.
Las personas trabajadoras se relacionarán con los proveedores de forma lícita y ética, y su selección se regirá por criterios de objetividad y transparencia que deberán poder ser acreditados.
c) Aplicación del Código Ético a proveedores
Todos los proveedores que trabajen o deseen trabajar con COLECTIVIDADES CHABE S.L. deberán cumplir con el Código Ético y la legislación vigente en su país, además de comprometerse a respetar los derechos humanos.
El Proveedor informará a COLECTIVIDADES CHABE S.L. de cualquier incumplimiento o sospecha de incumplimiento del Código Ético Etico, utilizando el Canal Ético.
El incumplimiento de esta obligación supondrá el derecho por parte de COLECTIVIDADES CHABE S.L. a rescindir el contrato con tal proveedor.
La selección de proveedores y la determinación de las condiciones de compra se basarán en la evaluación objetiva de la calidad, el precio y la capacidad de proporcionar y garantizar serivicios de un nivel apropiado.
d) Relaciones con clientes
El principal objetivo de COLECTIVIDADES CHABE S.L. está representado por la plena satisfacción de las expectativas y necesidades de sus clientes, para consolidar una relación inspirada en los valores de corrección, honestidad, eficiencia y profesionalidad.
Todas las ofertas, contratos y comunicaciones serán claros, simples, completos y de conformidad con las regulaciones vigentes para no descuidar ningún elemento relevante a la decisión del cliente.
Todos los clientes serán tratados con igualdad, sin que se den tratos de favor o privilegios.
e) Política de calidad
Utilizamos exclusivamente materias primas de primera calidad.
Homologamos a todos nuestros proveedores exigiéndoles que garanticen, en todo momento, la calidad de sus productos.
La elaboración de nuestros productos platos se lleva a cabo con rigurosos controles preventivos y procedimientos de seguridad e higiene alimentaria, garantizando elevados estándares de seguridad.
Realizamos de forma periódica, evaluaciones acerca de los gustos y apetencias del consumidor, de forma que actualizamos nuestra oferta para adecuarla a las nuevas tendencias en materia alimentaria.
f) Política de atenciones comerciales y relaciones públicas
Está prohibida la entrega, promesa u ofrecimiento de cualquier clase de pago, comisión, regalo o retribución a cualesquiera autoridades, funcionario o empleado público, directivo/a o empleado/a del cliente o proveedor; tanto si se realizan directamente por COLECTIVIDADES CHABE S.L. como si se realizan indirectamente a través de socios, colaboradores, agentes, intermediarios, brokers, asesores o cualesquiera personas interpuestas.
Los regalos o donaciones que las personas trabajadoras puedan recibir por parte de clientes, que estén fuera de las prácticas comerciales normales, son ilegítimos y están obligados a ponerlo en conocimiento del responsable de RRHH. Se entiende como práctica comercial normal los regalos o atenciones comerciales que estén dentro de los límites de las relaciones normales de cortesía y valor modesto.
Cualquier invitación o atención que por su frecuencia, características o circunstancias pueda ser interpretado como una intención de afectar el criterio imparcial del receptor, será rechazado y puesto en conocimiento del órgano de cumplimiento.
7.- CONFIDENCIALIDAD Y RELACIONES EXTERNAS
a) Deber general de secreto
Con carácter general, las personas trabajadoras deben guardar secreto profesional respecto a cuantos datos o información no públicos conozcan como consecuencia del ejercicio de su actividad profesional, ya procedan o se refieran a clientes, proveedores, a COLECTIVIDADES CHABE S.L. a otros empleados/as, directivos/as o a cualquier otro tercero.
Se abstendrán de utilizar la información que conozcan con motive del desempeño de su labor, para cualquier fin distinto de la misma, no pudiendo en caso alguno conservarla o duplicarla.
Esta obligación de secreto persiste incluso una vez terminada la relación con COLECTIVIDADES CHABE S.L.
Cumplirán estrictamente las normas que se establecen respecto a la política de Uso de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación.
b) Relaciones externas
Las personas trabajadoras se abstendrán de transmitir, por propia iniciativa o a requerimiento de terceros, cualquier información o noticia sobre COLECTIVIDADES CHABE S.L. o sobre terceros, a los medios de comunicación sin autorización expresa de los responsables de comunicación.
8.- PROTECCIÓN DE ACTIVOS Y PRACTICAS CONTABLES
a) Protección de activos
Las personas trabajadoras velarán por que los activos de COLECTIVIDADES CHABE S.L. no sufran ningún menoscabo, incluyendo entre estos además de los tangibles, los registros financieros, contabilidad e información confidencial de la sociedad, procurando en todos los casos, que serán utilizados de forma adecuada a la finalidad de las funciones profesionales para cuyo ejercicio han sido entregados; cumpliendo todos los procedimientos de control interno establecidos por COLECTIVIDADES CHABE S.L. para proteger los activos.
b) Información financiera y contable
La información financiera de COLECTIVIDADES CHABE S.L. se elabora con fiabilidad y rigor.
Se cumplirá con todos los procedimientos de control interno establecidos por COLECTIVIDADES CHABE S.L. para garantizar una correcta contabilización de las transacciones y su adecuado reflejo en la información financiera publicada por COLECTIVIDADES CHABE S.L.
9.- ÓRGANO DE COMPLIANCE
La ejecución de la política de cumplimiento de COLECTIVIDADES CHABE S.L. corresponde al ORGANO DE COMPLIANCE O CUMPLIMIENTO NORMATIVO, el cual será el encargado de la interpretación de las normas del presente código ético y adoptará las decisiones generales para la aplicación de este.
10.- CANAL ETICO
COLECTIVIDADES CHABE S.L. dispone de un Canal Ético o de Denuncias a disposición del personal, clientes y proveedores para que puedan comunicar cualquier incumplimiento del código ético o sospechas de conductas ilicitas.
Este canal en ningún caso es servicio de atención al cliente, buzón de quejas, sugerencias o similar.
Los usuarios de este canal deberán respetar las normas de funcionamiento establecidas y COLECTIVIDADES CHABE S.L. garantizará, en todo momento, el correcto tratamiento de los datos de carácter personal que hayan sido facilitados, garantizando el ejercicio de los derechos establecidos en la legislación española de Protección de Datos.
Dicho canal está accesible en la pagina web de la entidad.